Según datos proporcionados por la Encuesta de Población Activa (EPA) y por los sindicatos CCOO y UGT, en España hay unos 700.000 empleados de hogar, de los que, según estimaciones de estas fuentes, tan solo el 60% están dados de alta y cotizan a la Seguridad Social por su trabajo.

Así lo ha advertido telogestionamos.com, gestoría online especializada en servicio doméstico, cuya co-fundadora y directora, Laura Cajade, estima que si todas estas personas cotizasen a jornada completa a la Seguridad Social, el Estado tendría unos ingresos de casi 640 millones de euros anuales, el equivalente a la pensión o la prestación por desempleo de un año de 60.000 personas.

Esta gestoría online asegura que “la legalidad no solo mejora la calidad de vida del empleado y da seguridad al empleador, sino que es una forma de crear empleo y contribuir al sistema de Seguridad Social que beneficia a todos”.

Desde el punto de vista del empleado de hogar, las ventajas de estar de alta en la seguridad social son múltiples, destacando las de cotizar para la jubilación, cobrar una prestación en caso de baja por enfermedad o accidente laboral, cobrar el salario mínimo inter-profesional si trabajan a jornada completa (que es según el Real Decreto 1046/2013, de 753 euros al mes brutos en 12 pagas, con las pagas extras pro-rateadas incluidas) y disfrutar de vacaciones y descansos legales pagados como los trabajadores que cotizan en régimen general (30 días naturales por año trabajado). telogestionamos.com recuerda, por el contrario, que, pese a cotizar a la Seguridad Social, estos empleados domésticos aún no tienen derecho a prestación por desempleo.

Desde el punto de vista de la familia o empleador, las ventajas de cotizar por el trabajador a la Seguridad Social son diversas, como tener seguridad en cuanto accidentes laborales que puedan ocurrir en el domicilio, cobertura médica del empleado por la Seguridad Social o seguridad jurídica en la realización de eventuales reclamaciones ante autoridades o compañías de seguros.

Además, telogestionamos.com recuerda que existen desgravaciones fiscales relacionadas con el régimen de empleados del hogar que muy pocos empleadores conocen, como la “desgravación en la declaración de impuestos en algunas comunidades autónomas, como Andalucía (15% del importe satisfecho a la SS en concepto de cuota fija por cuenta del empleador correspondiente a la cotización anual de un empleado o empleada, con un límite máximo de 250 euros)”.

También “una reducción del 20% en la cotización del empleador a la Seguridad Social si se contrata a un empleado que no hubiera estado dado de alta en el Régimen Especial de Empleados de Hogar a tiempo completo en 2011, que puede llegar hasta 45% en el caso de familias numerosas”, concluye Laura Cajade.

FUENTE: RRHHpress.com