Desde el 7 de enero de 2015 se puede solicitar, a través de Internet o llamando al 901 200 345,  el abono anticipado de las deducciones por familia numerosa y por ascendientes o descendientes discapacitados a cargo.

Las familias numerosas o los contribuyentes que cuenten con hijos o ascendientes a cargo con discapacidad tienen derecho a recibir 1.200 euros anuales. Los llamados impuestos negativos pueden cobrarse de forma adelantada a razón de 100 euros al mes.

Quiénes pueden solicitar el abono anticipado:

1) Los ascendientes – o hermanos huérfanos de padre y madre – que formen parte de una familia numerosa.

2) Los contribuyentes con derecho a la aplicación de los mínimos por descendientes o ascendientes con discapacidad.

Forma y plazos para solicitar el abono anticipado:

Desde el 7 de enero:
– Por vía electrónica, presentando una solicitud modelo 143 por CADA UNA de las deducciones a que tenga derecho en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria mediante DNI electrónico, certificado digital, PIN24H o Cl@ve. Al final de esta carta se indica un CSV (código seguro de verificación) para que, en caso de que no disponga de DNI electrónico, certificado digital o no esté registrado en el sistema PIN24H o Cl@ve, pueda darse de alta en dicho sistema para presentar la solicitud por vía telemática y poder agilizar el abono anticipado.

– Por teléfono, en el número 901 200 345 aportando el importe de la casilla 415 de la declaración del IRPF de 2013.

Desde el 3 de febrero:
– Presentando en cualquier oficina de la Agencia Tributaria el formulario que debe cumplimentar e imprimir desde la página de Internet de la Agencia Tributaria. Una vez impreso lo deben firmar todos los solicitantes.

Más información en los siguientes enlaces:

Información general:

Fuente: lacoladelparo y Ministerio de Economia