Respecto a los gastos del vehículo: ¿hay alguna forma de argumentar o algo a lo que agarrarse en caso de inspección de hacienda que sea irrefutable al margen de algunas sentencias judiciales? La pregunta viene porque sé que en algunos casos los inspectores han sancionado y advierten que si no estás de acuerdo y crees que tienes razón basándote en las sentencias anteriores que tú también vayas a los tribunales pero la sanción te la comes con patatas y después ya hablaremos… además, si preguntas en hacienda te dicen que tienes que demostrar que el uso del vehículo no es particular y bla bla… lo de siempre… Total que han conseguido meter el miedo en el cuerpo y ante la duda yo no tengo nada claro si puedo o no, como autónomo deducirme el 50% de los gastos de mi vehículo, seguro, mantenimiento, combustible, etc…
Juan Carlos, muchas gracias por pasar por nuestro blog.
Comentarte que con respecto a los gastos del vehículo de momento no hay manera de agarrarse a nada que permita esa deducción. Considero que este problema la nueva Ley regulará estas discrepancias de criterio en cuanto a inspección, hacienda y las sentencias judiciales. Evidentemente creo esa es la intención legislativa y resolver de una vez por todas esas diferencias de criterio. Al menos eso espero y confio en la cordura legislativa (espero no equivocarme). En conclusión, y a fecha de hoy, creo que habrá que esperar al BOE donde diga taxativamente la deducción de los gastos.
Un saludo.
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Respecto a los gastos del vehículo: ¿hay alguna forma de argumentar o algo a lo que agarrarse en caso de inspección de hacienda que sea irrefutable al margen de algunas sentencias judiciales? La pregunta viene porque sé que en algunos casos los inspectores han sancionado y advierten que si no estás de acuerdo y crees que tienes razón basándote en las sentencias anteriores que tú también vayas a los tribunales pero la sanción te la comes con patatas y después ya hablaremos… además, si preguntas en hacienda te dicen que tienes que demostrar que el uso del vehículo no es particular y bla bla… lo de siempre… Total que han conseguido meter el miedo en el cuerpo y ante la duda yo no tengo nada claro si puedo o no, como autónomo deducirme el 50% de los gastos de mi vehículo, seguro, mantenimiento, combustible, etc…
Juan Carlos, muchas gracias por pasar por nuestro blog.
Comentarte que con respecto a los gastos del vehículo de momento no hay manera de agarrarse a nada que permita esa deducción. Considero que este problema la nueva Ley regulará estas discrepancias de criterio en cuanto a inspección, hacienda y las sentencias judiciales. Evidentemente creo esa es la intención legislativa y resolver de una vez por todas esas diferencias de criterio. Al menos eso espero y confio en la cordura legislativa (espero no equivocarme). En conclusión, y a fecha de hoy, creo que habrá que esperar al BOE donde diga taxativamente la deducción de los gastos.
Un saludo.