Novedades en la Declaración de la Renta 2013 para emprendedores y autónomos

Este año, y con motivo de la entrada en vigor de la Ley de Emprendedores, la Declaración de la Renta de los autónomos o trabajadores por cuenta propia presenta algunas particularidadades respecto a la Declaración de la Renta de los asalariados que pasamos a detallarte a continuación.

En primer lugar conviene aclara que tienen la obligación de declarar todos los autónomos que hayan ganado más de 1.000€ en 2013.

Además los autónomos no reciben Borrador de la Renta ya que Hacienda sólo conoce a ciencia cierta los ingresos declarados pero no todos los gastos imputables al ejercicio de su actividad. A efectos prácticos en la Declaración, esto se traduce en un detalle importante: en lugar de rellenar la Casilla 001 destinada a las rentas del trabajo deben rellenar el Apartado D de actividades económicas. En este apartado deben incluir tanto los ingresos como los gastos (desde materias primas a compra de materiales, cotizaciones a la seguridad social, arrendamientos, gastos financieros e incluso algunos impuestos como el IBI).

Además, los emprendedores ó autónomos pueden aplicar sobre el rendimiento neto una serie de deducciones exclusivas introducidas por primera vez para este ejercicio:

  • Los autónomos que hayan capitalizado el paro, es decir, que hayan cobrado el paro en un pago único por adelantado para desarrollar un proyecto emprendedor, no tributarán IRPF ni otro tipo de impuestos por este subsidio de desempleo.
  • Las personas que se hayan dado de alta como autónomos después del 1 de enero de 2013 podrán aplicar una reducción del 20% en su rendimiento neto sobre el que tributan el primer año que este resultado sea positivo y el año posterior.
  • Igualmente los autónomos podrán deducir un 10% de los beneficios si los invierten en materiales, equipamiento o inmuebles. Y en determinados casos podrán obtener deducciones complementarias también por las inversiones en I+D, bienes culturales, instalaciones destinadas a la protección del medio ambiente, creación de empleo para trabajadores con discapacidad y utilización de nuevas tecnologías.

Por otro lado, desde Gestha, la web del Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda, se informa de otros dos tipos de deducciones importantes relacionadas en este caso con los empresarios emprendedores (con una sociedad limitada y no sólo unipersonal) y con los inversores o business angels.

Así, todos aquellos emprendedores que el pasado año se animaron a poner en marcha una Sociedad Limitada Nueva Empresa pueden deducirse el 15% de las aportaciones realizadas con un límite de 9.000 euros anuales a través de una cuenta ahorro-empresa.

Y como decimos, los business angels que se incorporan al accionariado de una empresa tras la entrega de un capital semilla podrán deducirse el 20% de esta inversión en la cuota estatal del IRPF con una máximo de 50.000 euros anuales invertidos ó por un importe nunca superior al 40% del capital de la entidad.

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