Para poder montar tu propio negocio online, deberás realizar una serie de trámites u otros dependiendo de la forma jurídica que elijas.
Para ponértelo un poco más fácil, hemos resumido en este post, los principales pasos que tienes que dar para poner en marcha tu negocio. Estos son los primeros trámites para crear tu negocio online:
1. Registro Mercantil Central
Lo primero que tienes que hacer para crear tu propio negocio, es acudir al Registro Mercantil Central, para obtener una certificación negativa del nombre de tu empresa. Esto confirmará que no existe otra sociedad con el mismo nombre que la tuya. Este documento es obligatorio para todo tipo de sociedades y un requisito indispensable para el otorgamiento de la Escritura Pública de constitución de sociedades.
La reserva del nombre de tu empresa, la debes hacer tú o uno de tus socios, y se mantiene durante 6 meses antes de que quede libre. Así mismo, la certificación negativa, tiene una vigencia de tres meses renovables por otros tres.
En el caso de que vayas a realizar la actividad como autónomo, debes inscribirte en el Régimen de Trabajadores Autónomos, inscribir la empresa en la Seguridad Social y dar de alta de a tus empleados.
2. Dirección General del Tesoro y Política Financiera del Ministerio de Economía y Competitividad
Para la constitución de Sociedades de Garantía Recíproca y para las Sociedades de Capital Riesgo,necesitarás la autorización previa administrativa, que pedirás en la Dirección General del Tesoro y Política Financiera del Ministerio de Economía y Competitividad.
3. Visita al notario
Para firmar la escritura de Constitución de la Sociedad, deberás acudir al notario junto con el resto de socios.
La escritura pública es obligatoria para todas las sociedades, para las entidades sin personalidad jurídica y para el Empresario Individual Naviero. El Emprendedor de Responsabilidad Limitada también tendrá que realizar el Acta notarial, para poder matricularse en el Registro Mercantil Provincial.
Dependiendo del capital social de tu empresa y de su constitución, deberás informarte sobre el Impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, acudiendo a las Consejerías de Hacienda de las comunidades autónomas.
4. Agencia Tributaria
Para poder identificar a las personas jurídicas y a las entidades sin personalidad jurídica a efectos fiscales, se necesita el número de identificación fiscal (N.I.F), que obtendrás en la Agencia Tributaria. Este trámite es obligatorio, y lo deberás hacer antes de que acabe el mes siguiente a la fecha de constitución de tu empresa.
5. Inscripción de la Sociedad en el registro especial correspondiente
El último paso, para montar tu negocio online, es inscribirlo en el registro especial que le corresponda, que dependiendo del tipo de sociedad que se trate deberás acudir a un sitio u otro. Ten en cuenta que, todo este papeleo lleva su tiempo, por lo que te recomendamos que lo realices con bastante antelación, o podrías retrasar la inauguración de tu negocio. El tiempo habitual para llevar a cabo todos estos tramites en España suele ser de 47 días. También debes considerar que, dependiendo de la comunidad autónoma y el municipio en el que te encuentres, pueden variar los requisitos necesarios para estos trámites. Las normas cambian con bastante rapidez, así que infórmate adecuadamente en la administración que corresponda, para seguir los pasos adecuados.
Artículo escrito por LanceTalent.
Fuente: http://www.eureka-startups.com