Primero. Objeto.
La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva,
la V edición de los Premios de Excelencia a la Innovación para Mujeres Rurales,
correspondientes al año 2014.

Segundo. Candidaturas y requisitos.
1. Los premios están dirigidos a aquellas personas físicas o jurídicas españolas
privadas que, en razón de lo dispuesto en sus estatutos o normas por las que se rijan,
desempeñen su actividad preferentemente en el medio rural y cuyo domicilio social se
encuentre en el medio rural, entendido según la definición de la Ley 45/2007, de 13 de
diciembre, de desarrollo sostenible del medio rural.
2. Los premios constituyen un reconocimiento al carácter de excelencia e innovación
de acciones y proyectos ya completados en la fecha de publicación de la convocatoria a
la que concurran.

Tercero. Solicitud, forma y plazo de presentación.
1. Cada concursante deberá cumplimentar la correspondiente solicitud, según el
modelo que se adjunta como anexo de la presente orden y de acuerdo con lo establecido
en el artículo 5 de la orden por la que se establecen las bases reguladoras. La solicitud se
acompañará de un ejemplar en papel, y una copia en formato digital que deberá coincidir
exactamente con el ejemplar entregado en papel, del documento descriptivo de la
actividad que justifica la candidatura debidamente firmado y sellado. Dicho documento
descriptivo en ningún caso podrá tener una extensión superior a 25 folios a una sola cara,
a doble espacio con letra Times New Roman 12. Se deberá incluir al inicio de la
cve: BOE-A-2014-7870BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 179 Jueves 24 de julio de 2014 Sec. III. Pág. 59143
documentación descriptiva, una tabla resumen con los siguientes datos generales:
Nombre del proyecto, nombre de la persona física o jurídica candidata al premio, N.I.F. (,
actividad, sector, año de inicio de la actividad, domicilio, teléfono de contacto (fijo y móvil),
fax, correo electrónico, página Web. Además, el documento descriptivo incluirá, al menos,
los siguientes componentes, todo ello enfocado a la adecuada aplicación de los criterios
de valoración establecidos en el artículo 8 de la mencionada orden por la que se
establecen las bases reguladoras y en el apartado quinto de la presente orden:
a) Argumentación conceptual, justificación y objetivos de la innovación que justifican
presentarse al premio.
b) Memoria técnica en relación con los objetivos de la convocatoria. Esta memoria
técnica incluirá un análisis detallado correspondiente a cada uno de los criterios de
valoración. Esta información se resumirá inicialmente en una tabla que se desarrollará
posteriormente en los siguientes apartados:
Análisis de sostenibilidad (ecológico-ambiental, sociocultural y económica).
Análisis de originalidad e innovación del proyecto (con especial hincapié en su
aportación para las mujeres, mediante un análisis del impacto producido sobre las
mujeres como resultado de la actividad, a nivel social y económico).
Análisis de la contribución a la empleabilidad de los grupos en riesgo de exclusión
social.
Análisis de la contribución a la mejora de la calidad de vida de la población rural y a la
generación de condiciones de mayor equidad.
Análisis del carácter participativo y multilateral del proyecto, buscando la excelencia
en materia de gobernanza respecto a la participación de las mujeres.
Análisis de la viabilidad de su transferencia y contribución al desarrollo sostenible del
medio rural.
Análisis, para personas jurídicas, de la presencia de mujeres en el órgano de toma de
decisiones.
Análisis del apoyo de personas o instituciones que respaldan la candidatura de
acuerdo con el artículo 5.1.a).9.º de la orden por la que se establecen las bases
reguladoras (apoyos que motiven el carácter de excelencia del proyecto presentado,
haciendo mención a los resultados obtenidos por el mismo que lo hacen merecedor del
premio. En esta memoria técnica se incluirá una relación numerada de estos apoyos que
se corresponderá con el la letra g) del punto 1. de este apartado.
c) Memoria financiera y de resultados económicos.
d) Detalle de recursos humanos implicados, en particular de las mujeres
trabajadoras. Se deberá presentar un detalle (por sexo, edad, porcentaje de mujeres…),
tanto de los miembros de la empresa/socios trabajadores, como de las personas
contratadas.
e) Análisis del impacto producido sobre las mujeres como resultado de la actividad,
a nivel social y económico.
f) Reportaje fotográfico del proyecto. Será necesario presentar diez fotografías que
ilustren el proyecto y que muestren la información suficiente para comprobar que el
proyecto candidato está en proceso de avanzada ejecución o totalmente implementado
en el momento de entrega de la solicitud (dichas fotografías se entregarán, impresas en
papel y también se incluirá un archivo de las imágenes en la copia digital, cuya dimensión
óptima debería ser de 1.600 x 1.200 píxeles con formato de imagen tif o jpg).
g) Cartas de apoyos institucionales (se entregarán, en papel, los documentos
originales enumerados en el último punto de la memoria técnica y se incluirán en la copia
digital los mismos documentos escaneados)

2. Además se entregará en papel, debidamente cumplimentado, el anexo adjunto a

la presente orden (que también será incluido en la copia digital), y que incluye:
a) Declaración responsable del solicitante de no haber estado afectado por ningún
expediente de regulación de empleo o haber sido sancionado por infracción de carácter
medioambiental o contra la Hacienda Pública, así como por ninguna de las circunstancias
señaladas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
b) Autorización para la verificación por parte de la Dirección General de Desarrollo
Rural y Política Forestal de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
c) Compromiso escrito del solicitante de proceder a la comunicación inmediata al
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y devolución del distintivo, en
caso de incurrir, con posterioridad al otorgamiento, en cualquiera de los supuestos
señalados en la letra a) anterior, según el procedimiento previsto en el artículo 42 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
d) Comunicación del número de identificación fiscal. Las candidaturas podrán
corresponder a una persona física o a una persona jurídica, pero una vez entregada la
solicitud no se admitirán modificaciones a este respecto. Se acompañará copia de la
tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal en el caso de que la candidatura
corresponda una persona jurídica, o fotocopia del DNI si la candidatura corresponde a
una persona física.
3. Las solicitudes y el resto de documentación se dirigirán al titular del Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y se presentarán en el Registro General del
Departamento, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
4. Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días naturales a partir del día
siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

 

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