REDUCCIÓN DE CONTRATOS A 4 MODALIDADES

Ante el gran número de contratos y modalidades existentes en el marco laboral nacional, el Gobierno aprobó a finales del año pasado, la reducción de los 42 tipos de contratos existentes hasta entonces a 4: indefinido, temporal, aprendizaje y formación, y prácticas. Vamos a ver en qué ha consistido esta llamada simplificación de contratos, si es que verdaderamente se puede llamar simplificación, y cómo queda cada uno de ellos por separado.

  • Indefinido: aquel que se concierta sin establecer límites de tiempo en la prestación de servicios, en cuanto a la duración del contrato. Cuando el contrato indefinido se suscriba para apoyar a emprendedores podrá realizarse a tiempo parcial.

  • Temporal: el que se concierta con límites de tiempo en la prestación de servicios con una duración máxima de 3 años, ampliables a 4 por convenio colectivo. Se pueden distinguir 3 tipos:

–  Obra o servicio.

–  Eventual circunstancias de la producción.

–  Interinidad.

  • Contrato de formación y aprendizaje; tiene por objeto la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa con actividad formativa.

Se podrá celebrar con trabajadores mayores de 16 años y menores de 25 años( con menores de 30 años hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%), y sin límite de edad para discapacitados.

La duración mínima del contrato será de 1 año y máxima de 3 años, aunque por convenio colectivo se puede pactar diferente duración ( con una mínima de 6 meses y máxima de 3 años.)

  • Contrato en prácticas: se podrá concertar con quienes tengan el título universitario o de formación profesional de grado medio o superior, y que no hayan transcurridos más de 5 años desde la terminación de los estudios ( 7 en caso de discapacitados).

No podrá ser inferior a 6 meses ni exceder de 2 años.

Como novedad se introduce que le Empresa de Trabajo Temporal suscriba con el trabajador un contrato en prácticas para ponerlo a disposición de la empresa usuaria.

Desde el 1 de enero de 2014 está en marcha un “asistente virtual” que facilita la contratación por vía telemática, una herramienta pensada sobre todo para PYMES y autónomos, aunque también para los trabajadores que quieran conocer el tipo de contrato que le quiera hacer su empleador.

Asistente de contratos

Lo que se puede ver es que no ha habido una reducción de contratos, sino simplemente una reagrupación de los mismos, ya que dentro de cada modalidad siguen existiendo los que habían anteriormente,

 

Bibliografía:

– Guía de contratos elaborada por el Servicio Público de Empleo Estatal.