¿De qué pueden beneficiarse las trabajadoras por cuenta propia cuando tienen un hijo? Te contamos aquí todas las claves.
El mercado laboral funciona de forma distinta para los autónomos respecto a los asalariados en muchos aspectos. Lo mismo ocurre con los impuestos que cada grupo abona a Hacienda, las pensiones que reciben ambos o el derecho que tienen o no a percibir prestación por desempleo, por citar algunos ejemplos. ¿Qué sucede cuando una trabajadora por cuenta propia tiene un hijo? Te contamos cómo está establecidoel permiso de maternidad en las autónomas.
En lo que se refiere al permiso de maternidad, quizá las diferencias entre autónomas y trabajadoras del Régimen General de la Seguridad Social no son tan evidentes como en otros campos, pero sí hay ciertas peculiaridades que es necesario conocer.
El permiso de maternidad en las autónomas
Las trabajadoras autónomas tienen, en principio, el mismo derecho a idénticas prestaciones por maternidad que las empleadas por cuenta ajena. Ése es un principio que debes tener claro. Así que, tras dar a luz, adoptar, acoger a un menor o por tutela familiar, pueden optar a un subsidio por maternidad.
Cuánto dura el permiso de maternidad en las autónomas
Aquél da derecho a una prestación por un tiempo máximo de 16 semanas de forma ininterrumpida. Ese periodo se inicia el mismo día del parto o, si lo prefieres, antes, aunque perderás tiempo para después. La autónoma tiene la opción de transferir 10 de esas 16 semanas al otro miembro de la pareja, con la excepción de las seis primeras semanas, que obligatoriamente deben ser aprovechadas por la madre.
Cuánto cobrarás durante el permiso de maternidad como autónoma
La prestación económica de la autónoma que dé a luz es del 100% de la base reguladora que corresponda, que se establece en la prestación por incapacidad temporal de contingencias comunes. Si pagas la cuota mínima a la Seguridad Social,lo cual es lo más común, tienes derecho a unos 920 euros.
En caso de que seas una trabajadora a tiempo parcial, la actividad se recorta al 50%, por supuesto, aunque también el montante que se recibe. Así que puede considerarse ‘un arma de doble filo’. En caso de pluriactividad, si, por ejemplo, eres autónoma y también tienes un trabajo por cuenta ajena, podrás disfrutar de ambos descansos y prestaciones. Si no son compatibles, sólo se accederá a la de mayor cuantía.
Requisitos para acceder a la baja de maternidad como autónoma
En este punto es cuando entran las diferencias entre los trabajadores por cuenta propia y los que desarrollan su actividad por cuenta ajena. ¿Qué autónomas pueden acceder a la baja tras convertirse en madres? Aquellas que cumplan los siguientes requisitos.
- Estar dada de alta como profesional por cuenta propia en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA).
- Estar al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social. Aunque con la entrada en vigor de la nueva Ley de Medidas Urgentes para el Trabajo Autónomo ya que no será necesario pagar las cuotas durante la baja por maternidad.
- El plazo de presentación de la baja por maternidad se limitará a los 15 días siguientes a la fecha del parto o de la fecha de la resolución administrativa o judicial mediante la que se constituye el acogimiento o la adopción.
Sumar una cotización mínima
La última de las condiciones para percibir esta ayuda por ser madre autónoma incluye haber cotizado un periodo mínimo antes de solicitarla. El tiempo de cotización a la Seguridad Social como autónomo dependerá de la edad.
- Los menores de 21 años no necesitan sumar cotizaciones previas. En la Seguridad Social entienden que a esa edad es posible que la autónoma no haya tenido tiempo para cotizar.
- Para las mujeres entre 21 y 26 años el periodo mínimo de cotización será de 90 días en los siete años anteriores a la baja por maternidad o un total de 180 días en toda la vida laboral general.
- En el caso de las autónomas que tengan un mínimo de 26 años, deberán haber cotizado 180 días en los siete años anteriores a la maternidad o 360 días en toda la vida laboral para disfrutar de las ayudas por la baja por maternidad.
Cómo solicitar la baja por maternidad para autónomas
Las gestiones que se requieren para acceder a la baja por maternidad siendo autónoma son bastante sencillas. El primer paso es obtener la baja del médico de cabecera, con la que deberás acercarte a la Seguridad Social y solicitar la prestación. Te tocará portar contigo la siguiente documentación:
- DNI o NIE.
- Informe de maternidad. Eso sí, este requisito es únicamente necesario si quieres comenzar la baja por maternidad antes de dar a luz.
- Libro de familia o certificación de inscripción del vástago en el Registro Civil.
- Declaración de situación de actividad como autónoma.
Bonificación de la cuota de autónomos
Si tienes un hijo puedes solicitar la bonificación íntegra de la cuota de autónomos por contingencias comunes y por tiempo de un año. De necesitar una persona para que te sustituya en tu puesto, contarás con la misma bonificación al 100% de las cuotas de la Seguridad Social.
Prestación por riesgo durante el embarazo
Aquellas autónomas que estén embarazadas y que no puedan realizar su actividad profesional porque les pueda generar un riesgo para su salud o la del feto, tienen derecho a una incapacidad temporal.
Fiscalidad de la baja por maternidad para autónomas
Finalmente, cabe recordar que el importe que recibas de la baja por maternidad deberás declararlo en la declaración de la renta. Después de muchas polémicas, esta prestación, por ahora, no está exenta del IRPF y se integrará dentro de las rentas del trabajo, considerándose, además, como un segundo pagador. No obstante, el Tribunal Supremo tomará una decisión en breve que podría dejarla libre de impuestos, ya que existe un choque entre Hacienda -que quiere cobrar por la baja por maternidad- y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), entre otras cortes, que entiende que debe quedar exenta.
FUENTE: GESTIÓN PYME
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