Ciudadanía en general, personas trabajadoras y empresas en particular reclaman atención e información sobre la repercusión que sobre sus vidas y su actividad profesional puede tener el coronavirus. Vamos a intentar resumir algunos de los aspectos fundamentales de los que hasta la fecha de publicación de este post tenemos conocimiento.

Antes de nada, ¿qué debes saber del coronavirus? (síntomas, cómo actuar, medidas de prevención). Échale un vistazo a esta INFOGRAFÍA del Ministerio de Sanidad

Infografía coronavirus Ministerio de Sanidad

 

Son muchas las dudas que les surgen a las personas trabajadoras. ¿Si estoy en cuarentena por prevención, me lo descuentan de mi salario?. En un primer momento el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones  declaró que el aislamiento por coronavirus sería considerado como baja por enfermedad común. Sin embargo, posteriormente el Gobierno aprobó el Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud. En dicho RD se explicita que «con la finalidad de evitar la propagación de la enfermedad y mantener la protección social de los trabajadores por cuenta propia o ajena, se incluye que los periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19 tendrán la consideración de situación asimilada a accidente de trabajo a efectos de la prestación económica por incapacidad temporal del sistema de Seguridad Social»

Accede al contenido completo del RD Ley 6/2020 AQUÍ

En la situación de pandemia actual declarada por la OMS, cobran especial importancia las y los profesionales sanitarios. Para dicho personal, también el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha elaborado una serie Documentos para el desarrollo de su actividad profesional y que se pueden descargar en:
https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/documentos.htm

Por otro lado, también las empresas (especialmente PYMEs y personas trabajadoras autónomas que conforman el grueso del tejido empresarial de Aragón) se están preguntando cuestiones como:¿Qué ocurre si una persona trabajadora está contagiada? ¿Qué ocurre en el caso de restricciones de movimiento que impiden a las y los empleados acudir a su centro de trabajo? ¿Qué soluciones puede adoptar una empresa en caso de que se hiciese imposible mantener la actividad de la empresa?
En cualquier caso, os recomendamos seguir las fuentes oficiales para estar al día sobre las medidas de liquidez para aliviar a las empresas afectadas por el virus (flexibilidad fiscal, protocolo de riesgos laborales, fomento del teletrabajo, etc).

Puedes acceder a más Preguntas y respuestas sobre el SARS-CoV-2 y el COVID-19 en:
https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/FAQ.htm

 

Es muy probable que desde la publicación de este post se produzcan más novedades al respecto por lo que te animamos a consultar información actualizada en:
https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/home.htm

 


FUENTE:   INAEM ORIENTA

FUENTE:   http://orientacionprofesionalonline.blogspot.com/2020/03/coronavirus-informacion-de-interes-para.html

 

Imagen de Arek Socha de Pixabay


 

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