La cifra de familiares colaboradores cae por primera vez desde 2015 situándose en 193.881 personas al cierre del primer trimestre de 2019

El Autónomo Digital. Los familiares de empresarios, trabajadores y profesionales autónomos están obligados a cotizar  como autónomos colaboradores . El contrato indefinido familiar de trabajador autónomo se aplica al cónyuge, ascendiente, descendiente o pariente -por consanguinidad o afinidad- hasta segundo grado. Además, se deberá estar desempleado o inscrito en la oficina de empleo.

El autónomo colaborador no está obligado a tributar en Hacienda por lo que queda exento de las obligaciones fiscales trimestrales. No presentará declaraciones ni impuestos trimestrales (IVA e IRPF).

Pese a las ventajas que pueda acarrear ser autónomo colaborador, el número de trabajadores que deciden serlo ha descendido en 1.640 personas respecto a los datos del primer trimestre de 2018 (195.521). Las cifras pertenecientes al informe Trabajadores Autónomos, Personas Físicas, en alta en la Seguridad Social. Resumen de resultado 31 -marzo -2018  reflejan que es la primera vez, desde 2015, que este grupo ha dejado de crecer y se reduce.

Responsabilidades autónomo titular

Ahora bien, el trabajador autónomo también debe cumplir una serie de requisitos. En primer lugar, este no deberá haber extinguido contratos de trabajo -ya sean por causas objetivas o por despidos disciplinarios que judicialmente hayan sido declarados improcedentes-.

Por consiguiente, tendrá la obligación de pagar de forma subsidiaria las cotizaciones a la Seguridad Social del autónomo colaborador. El pago de la cuota del autónomo colaborador podrá domiciliarse en la cuenta del autónomo titular. Por supuesto, reembolsar el salario y hacer entrega de la nómina de acuerdo con su categoría profesional así como con el convenio aplicable.

Bonificaciones autónomo colaborador

-Los primeros 18 meses, posteriores al alta, se aplicará un descuento del 50% en la cuota de autónomos.

Desde el 19 mes y hasta el 24 se deducirá el 25%. Una medida transitoria hacia el pago completo de la mensualidad.

Casos especiales

La figura del familiar colaborador ligada a un autónomo societario no es recomendable ya que este último no podría aplicar las ventajas fijadas para el contrato de trabajo indefinido de familiar del trabajador autónomo.

La posibilidad de que un trabajador por cuenta propia pueda contratar a familiares ofrece una compensación del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes durante un año en el caso de contratación indefinida.

Por otra parte, se encuentran las parejas de hecho, una relación familiar que ha sido sometida a diversos cambios en los últimos años en relación a la figura del autónomo colaborador. En la actualidad, la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo contempla la contratación como familiar colaborador a la pareja de hecho.

Se considera pareja de hecho aquella constituida sin vínculo matrimonial con otra persona y que acredite, a través del certificado de empadronamiento, una convivencia estable y duradera -sin haber sido interrumpida- por un plazo mayor de cinco años.

 


 

FUENTE: EL AUTONÓMO DIGITAL

VER + EN: https://elautonomodigital.es/autonomo-colaborador/