Creación de un nuevo módulo 5 sobre consideraciones generales respecto a la adaptación del procedimiento administrativo tramitado por las entidades locales a la nueva legislación administrativa, por Ignacio Martínez Vila. Secretario General del Ayuntamiento de Almassora (Castellón).
El pasado día 2 de octubre de 2016 entraron en vigor las leyes 39/2015 y 40/2015 que tratan de consolidar el funcionamiento electrónico de la Administración como el modo ordinario de su actividad interna y externa cuando se relaciona con las personas. Para facilitar la comprensión de estas dos normas el Inap considera de interés desarrollar una actividad divulgativa que sirva de introducción a sus aspectos más relevantes y, a su vez, permita detectar a cada empleado público aquellos otros ya más concretos que directamente le van a afectar en los cometidos propios de su puesto de trabajo.
Las leyes 39/2015 y 40/2015 suponen una actualización y adaptación al siglo XXI del funcionamiento de la Administración. Establecen que la tramitación electrónica de los procedimientos debe constituir la actuación habitual de todas las Administraciones, tanto en su relación con los ciudadanos como en la gestión interna y en los intercambios de información entre distintos organismos. Hacen, además, hincapié en el documento, expediente y archivo electrónico, requiriendo que se profundice en la transformación digital de las Administraciones públicas, con la consiguiente ganancia de eficiencia y calidad de los servicios prestados a los ciudadanos.
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