¿Qué subsidios por desempleo habrá en 2024 y cuándo entran en vigor? / Estos serán los nuevos requisitos para pedir el subsidio en 2024

¿Qué subsidios por desempleo habrá en 2024 y cuándo entran en vigor? / Estos serán los nuevos requisitos para pedir el subsidio en 2024
Hace casi dos semanas se aprobaban los nuevos subsidios por desempleo que entrarán en vigor dentro de unos meses, el 1 de junio de 2024. Si en ese momento agotas el paro y no encuentras trabajo, o bien si no has cotizado lo suficiente como para cobrarlo, infórmate sobre las novedades de la normativa aprobada.

La reforma del subsidio por desempleo parte del Plan europeo de Recuperación y Resiliencia y se prevé que beneficie a unas 800.000 personas. La normativa que da forma a este cambio es el Real Decreto-Ley de simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo en el marco de la Reforma 10, del Componente 23: nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo.

Principales novedades de los subsidios por desempleo entrarán en vigor en 2024

Lo primero que has de tener en cuenta es que todas las novedades se aplicarán a los subsidios que se otorguen una vez entre en vigor la normativa, no a los actuales subsidios. Si actualmente estás cobrando un subsidio, mantendrás los derechos asociados a este hasta que se extinga, sin cambiar ninguna condición.

Vamos con las novedades: una de ellas es que se han reducido a tres los tipos de subsidio. A partir de su entrada en vigor, estos serán los tres casos que atenderán:

  • Subsidio por agotamiento de la prestación por desempleo.
  • Subsidio por cotizaciones insuficientes que no permiten acceder a cobrar el paro.
  • Subsidio de mayores de 52 años.

Otra novedad es que se elimina el mes de espera entre el último mes que se cobra el paro y el primer mes en que se cobra el subsidio. Con los nuevos subsidios no tendrás un vacío de cobertura de un mes, como sí sucede con los anteriores.

Además, vas a poder compatibilizar el cobro del subsidio con tener un empleo por cuenta ajena, ya sea a media jornada como completa y sin reducir la cuantía del subsidio. Esta compatibilidad se mantiene durante seis meses. De esta forma, podrás aceptar empleos ocasionales sin miedo a que te retiren el subsidio por ello.

Y, hablando de compatibilidad, también podrás seguir cobrándolo si solicitas una beca o ayuda para formación profesional y laboral. O si inicias unas prácticas formativas o académicas.

Por último, se van a reforzar las medidas de reinserción laboral con el fin de ayudarte a mejorar la empleabilidad. Tendrás un servicio de tutorización individual, asesoramiento continuado y atención personalizada.

 

¿Qué cuantía cobraré con los nuevos subsidios?

Primero hablemos de la duración en líneas generales. La percepción del subsidio durará hasta 30 meses dependiendo de tu edad, tus circunstancias familiares y lo que haya durado el paro que has agotado.

¿Y cuánto se cobra? Hoy día el subsidio supone un 80% del IPREM, es decir, 480 euros. Los nuevos subsidios se cobrarán de manera decreciente, pero nunca bajarán de ese 80%.

  • Se empieza cobrando el 95% del IPREM (actualmente, 570 euros). Durante 6 meses.
  • Continúas cobrando el 90% del IPREM (actualmente, 540 euros). Durante otros seis meses.
  • Pasas a cobrar el 80% del IPREM (los actuales 480 euros). Hasta el final de la prestación.

Ten en cuenta que el subsidio para mayores de 52 años se mantendrá todo el tiempo en el 80% del IPREM.

Cambios en los requisitos para cobrarlos

En los requisitos para cobrar un subsidio por desempleo también se han introducido distintos cambios:

  • Entrarán como beneficiarios las personas que han cotizado menos de 6 meses y que no tienen responsabilidades familiares. Hoy día a estas personas se les exige haber cotizado al menos 6 meses (y 3 meses si tienen cargas familiares).
  • Podrán beneficiarse del subsidio las personas desempleadas menores de 45 años sin cargas familiares, que hasta ahora no podían.
  • También podrán percibirlo los eventuales agrarios. Actualmente solo lo perciben los de algunas comunidades, como Andalucía y Extremadura.
  • Por último, se amplía a 6 meses el plazo de solicitud de esta prestación. De esta forma, no tendrás miedo a aceptar un empleo corto e iniciar el cobro del subsidio más tarde en caso de que vuelvas a una situación de desempleo.

 

 

Así quedan los requisitos para acceder al subsidio por desempleo a partir del 1 de junio de 2024.

Las prestaciones por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) sufrirán grandes cambios, concretamente las ayudas, asistencias, es decir, los subsidios por desempleo.

Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 7/2023 el 1 de junio de 2024, muchos de los actuales subsidios por desempleo desaparecerán. En realidad, más que desaparecer, los subsidios se «fusionan» en uno solo, pues la cobertura que ofrecen no se perderá, es más, se amplía el colectivo que podrá ser beneficiario de este nuevo subsidio del SEPE.

Los requisitos para acceder también se verán afectados, aunque como podrás ver a continuación, muchos se mantienen e incluso se «rebajan» para ciertos colectivos.

Nuevos requisitos para pedir el subsidio por desempleo en 2024

A partir del 1 de junio de 2024, fecha en la que ya estará en vigor la modificación del subsidio por desempleo, los desempleados deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Lógicamente, el requisito principal es estar desempleado y estar inscrito como demandante empleo.
  • Agotar una prestación contributiva por desempleo, es decir, el paro. Aunque también se puede acceder sin cumplir este requisito como explicaremos más adelante.
  • Suscribir el compromiso de actividad.
  • Carecer de rentas de cualquier naturaleza que superen el 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias, actualmente este límite es de 810 euros mensuales. Las rentas se computarán por su rendimiento íntegro o bruto. El rendimiento que proceda de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, se computará por la diferencia entre los ingresos y gastos necesarios para su obtención. Las ganancias patrimoniales se computarán por la diferencia entre las ganancias y las pérdidas patrimoniales.

Dentro de los requisitos hay que diferenciar además como se accede al subsidio, pues se puede acceder tras agotar el paro o bien como ayuda económica tras quedarse en paro y no reunir los requisitos de cotización para cubrir el paro.

Si se accede directamente tras perder el empleo, se exigirá un mínimo de cotización, que será de 3 meses (90 días) para poder acceder al subsidio. En este sentido, si lo comparamos con el subsidio por insuficiencia de cotización, que a fin de cuentas es al que sustituye, se mejora el acceso a los desempleados que no tienen cargas familiares, ya que antes se les exigía 180 días cotizados y solo podían acceder con 90 días de cotización quienes tuvieran cargas familiares.

¿Cuánto duran los subsidios?

Por último, es importante mencionar que la duración del subsidio dependerá de la situación personal de cada desempleado, por lo que la duración puede estar entre los 3 meses de prestación y un máximo de 30 meses.


 

Fuente y agradecimientos:     

  • En el Blog de Infoempleo DE Ester Yerro
  • De Manuel Gómez en EmpleoJob

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