La plataforma on-line http://retorno-talento.castillalamancha.es de intermediación entre jóvenes en el extranjero que desean volver y empresas que quieran contratar a profesionales, con experiencia internacional, entra en funcionamiento hoy.

MIS FELICITACIONES A JCCM y el equipo de profesionales que desarrollan este pionero programa. Gracias..!!!!!

El Gobierno de Castilla-La Mancha ha dado luz verde al Plan de Retorno del Talento Joven de Castilla-La Mancha. Así lo ha indicado esta mañana la consejera de Economía, Empresas y Empleo, Patricia Franco, que ha comparecido en rueda de prensa junto al portavoz del Ejecutivo autonómico, Nacho Hernando, en el Palacio de Fuensalida.

Con esta actuación, el Consejo de Gobierno materializa un compromiso del presidente autonómico, Emiliano García-Page, de dar la oportunidad de volver a todas y todos los jóvenes castellano-manchegos que, con altas cualificaciones profesionales, tuvieron que marchar a trabajar fuera de España al no tener oportunidades laborales relacionadas con su formación en su tierra natal.

Desde el inicio de la crisis, hasta 2015, unos 33.000 jóvenes han salido de Castilla-La Mancha, siendo 2013 el año en el que más salidas se registraron, con 5.100. “Estamos ante la generación joven más cualificada que ha existido nunca, que terminaba sus estudios y no encontraba oportunidades de empleo, o si las encontraba eran, en muchas ocasiones, en situación de precariedad y temporalidad, con salarios bajos y escasas perspectivas de promoción profesional”, ha subrayado la consejera que ha lamentado que ello conlleva la pérdida de un “muy valioso” capital humano. De ahí la necesidad de un Plan de Retorno del Talento Joven que garantice a estos jóvenes un contrato de trabajo de calidad.

Contenido del Plan

Esta iniciativa contempla tres líneas de ayudas económicas: ayudas a la contratación indefinida de jóvenes menores de 35 años en empresas; ayudas al inicio de la actividad emprendedora; y un ‘Pasaporte de Vuelta’, de hasta 3.000 euros, para gastos asociados al retorno, esto es, gastos de desplazamiento y traslado de mobiliario y enseres para quienes regresen a Castilla-La Mancha con un empleo (indefinido o temporal), un proyecto emprendedor o a retomar sus estudios de formación reglada. El presupuesto es de 355.000 euros para el año vigente.

Son beneficiarios los jóvenes menores de 35 años con titulación universitaria, de ciclo formativo o un certificado de profesionalidad, que hayan residido o trabajado en el extranjero al menos seis meses en los últimos doce, que hayan nacido o hayan estado empadronados en Castilla-La Mancha, o hayan estado inscritos como demandantes de empleo o bien hayan obtenido su titulación en la Comunidad Autónoma antes de su partida al extranjero.

Una empresa que decida formar parte de este Plan puede recibir 10.000 euros por contratar a un joven o una joven con cualificación, de forma indefinida y hasta 15.000 euros si se trata de un proyecto de I+D+I. El joven contará con un apoyo de hasta 3.000 euros para costear los gastos que genera su retorno e instalación en Castilla-La Mancha. Si el joven que decide volver tiene n una idea de negocio, podrá recibir hasta 6.000 euros al inicio de la actividad y hasta 3.000 euros para regresar.

“Todos aquellos jóvenes que quieran volver con un contrato o iniciando una actividad por cuenta propia (que justifiquen con alta o con contrato) o retornar a la formación reglada, podrán acceder al ‘Pasaporte de Vuelta’ dotado con 3. 000 euros”, ha apuntado la consejera.

Plataforma online

El Programa de Retorno de Talento Joven, cuenta con la plataforma on-line http://retorno-talento.castillalamancha.es de intermediación entre jóvenes en el extranjero que desean volver y empresas que quieran contratar a profesionales con experiencia internacional.

“Con esta plataforma pretendemos facilitar la conexión entre la oferta de empleo y el deseo de volver de las y los castellano-manchegos que trabajan en el extranjero”, ha explicado la consejera, al tiempo que ha indicado que se ofrece una bolsa de ofertas de empleo disponibles de empresas que precisen perfiles con experiencia internacional, conocimiento de idiomas y metodologías de trabajo aprendidas en otras culturas laborales. Del mismo modo, los jóvenes interesados en explorar sus opciones de retorno podrán inscribirse en la plataforma.

“Una vez que la persona se registre en la plataforma, un mediador de una de nuestras oficinas ‘Emplea’ se pondrá en contacto con el joven, en un plazo máximo de 48 horas, para ofrecerle un proceso de orientación profesional”, ha apuntado la titular regional de Empleo.

Para ello, se ha impartido una formación específica en retorno de capital humano a 30 orientadores de las oficinas ‘Emplea’ de la región que finaliza el próximo martes 26 de septiembre. Este personal será el encargado de guiar el proceso de retorno de los jóvenes interesados. Dada la prioridad que es para el Gobierno de Castilla-La Mancha la creación de empresas y de no perder el talento también habrá un técnico especializado en orientación al autoempleo por cada una de las cinco provincias.
“El Plan de Retorno de Talento de Castilla-La Mancha es una apuesta ‘win-win’ para el conjunto de la sociedad de Castilla-La Mancha con el que todos ganamos” ha significado la consejera que ha explicado que se trata además de facilitar un punto de encuentro entre quienes están en el extranjero y quieren plantearse volver y las empresas que necesiten perfiles con experiencia internacional.

Patricia Franco ha animado a los jóvenes que estén en el extranjero a inscribirse y especialmente a las empresas a publicar sus ofertas en la plataforma del Plan de Retorno de Talento para hacer de esta una herramienta viva. También es una línea de trabajo en materia de intermediación laboral del Servicio Público de Empleo de Castilla-La Mancha, un servicio que desde el inicio de la legislatura se está reconstruyendo y reforzando.


Información sobre el programa Retorno del talento joven

La población joven española mantiene, desde el principio de la crisis, un flujo migratorio negativo. La franja de edad más proclive a salir al extranjero es la de 25 a 34 años, precisamente la de jóvenes que han terminado sus estudios y no han encontrado un empleo. Un saldo negativo que se hizo particularmente grave en el periodo 2008-2010, cuando empezó a visibilizarse el problema de la emigración.

Por otra parte, la población joven que encuentra un empleo lo hace en situación de precariedad y temporalidad, con salarios bajos y escasas perspectivas de promoción profesional. Todo ello, a pesar del alto nivel de cualificación de esta generación, según los datos ofrecidos por el Observatorio de Emancipación del Consejo de la Juventud de España (primer semestre del año 2016).

Al igual que ocurre en el resto de España, los efectos de la crisis se hacen notables entre los y las jóvenes de Castilla La Mancha, que han tenido que buscar una oportunidad laboral en el extranjero. La consecuencia de esta nueva emigración no es sólo el desarraigo familiar, sino la pérdida de un muy valioso capital humano.

El Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha establece que uno de los objetivos básicos de la Junta de Comunidades es crear las condiciones necesarias que hagan posible el retorno de los emigrantes que quieran volver a su tierra.

El Gobierno regional pone en marcha el programa Retorno del talento joven, para dar la oportunidad de regresar a los y las jóvenes que tuvieron que salir al extranjero, con el objetivo de que puedan desarrollar un proyecto de vida propio en Castilla-La Mancha.

Además, al facilitar el retorno se está devolviendo a la sociedad castellanomanchega el esfuerzo y la inversión que ha hecho en esta generación, lo que repercute en el conjunto de la Comunidad Autónoma.

El programa Retorno del talento joven incluye las siguientes líneas de ayuda:

Línea 1: Subvenciones para la contratación indefinida, destinadas a las empresas y otras entidades que contraten a personas jóvenes castellanomanchegas, que hayan residido o trabajado en el extranjero, con la finalidad de facilitar el regreso e incorporación de las mismas al mercado laboral de Castilla-La Mancha.

Línea 2: Subvenciones para el inicio de la actividad emprendedora, dirigidas a las personas jóvenes castellanomanchegas que hayan residido o trabajado en el extranjero y quieran desarrollar una actividad económica por cuenta propia en nuestra Comunidad Autónoma, con la finalidad de compensar los gastos de inicio de actividad a los que se enfrenta toda persona emprendedora.

Línea 3: Pasaporte de vuelta, para las personas jóvenes castellanomanchegas que, residiendo en el extranjero, quieran retornar a la región y fijar en ella su residencia habitual. El Pasaporte de vuelta constituye un título que implica un derecho, en expectativa, para la concesión de una ayuda destinada a sufragar los gastos asociados al traslado desde el extranjero hasta la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

El programa pone a disposición de los emigrantes esta plataforma tecnológica donde pueden registrarse para recibir información, crear su perfil profesional como candidato al retorno y consultar ofertas de empleo para trabajar en Castilla-La Mancha.

Un equipo de mediadores, formado por profesionales expertos en el ámbito del empleo y la orientación laboral, ofrecen asesoramiento y acompañamiento a los jóvenes emigrantes que quieran volver, poniéndoles en contacto con empresas interesadas en contratar talento internacional.

¿Vives en el extranjero y quieres volver?¿Representas a una empresa?


AQUÍ TIENES TODA LA REGULACIÓN DE ESTA GRAN INICIATIVA

TRÁMITES ELECTRÓNICOS

Retorno del talento joven.

Subvenciones en el marco del Programa “Retorno del Talento Joven”.

OBJETO

El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones en el marco del programa “Retorno del talento joven”, así como facilitar a las y los jóvenes titulados castellanomanchegos, que se encuentren residiendo o hayan residido o trabajado en el extranjero, el retorno a la región, fomentando su contratación, su actividad emprendedora o que continúen su formación profesional en Castilla-La Mancha.

ENTIDADES SOLICITANTES

Podrán solicitar las subvenciones:

a) Línea 1: Subvenciones para la contratación indefinida, dirigidas a las empresas y entidades relacionadas en el artículo 10, que contraten a personas jóvenes castellanomanchegas que hayan residido o trabajado en el extranjero, con la finalidad de facilitar el regreso e incorporación de las mismas al mercado laboral de Castilla-La Mancha.

b) Línea 2: Subvenciones para el inicio de la actividad emprendedora, dirigidas a las personas jóvenes castellanomanchegas que hayan residido o trabajado en el extranjero y quieran desarrollar una actividad económica por cuenta propia en nuestra Comunidad Autónoma, con la finalidad de compensar los gastos de inicio de actividad a los que se enfrenta toda persona emprendedora.

c) Línea 3: “Pasaporte de vuelta”, dirigido a las personas jóvenes castellanomanchegas que, residiendo en el extranjero, quieran retornar a la región y fijar en ella su residencia habitual. El “pasaporte de vuelta” constituye un título que implica un derecho, en expectativa, para la concesión de una ayuda destinada a sufragar los gastos asociados al traslado de la residencia habitual desde el extranjero hasta la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

REQUISITOS DE LAS ENTIDADES SOLICITANTES

1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en este decreto las personas y entidades relacionadas de forma específica para cada línea de subvención en el capítulo II.

2. Para acceder a la condición de beneficiaria, las personas solicitantes deberán cumplir, además de las condiciones específicas de cada línea de subvención, relacionadas en el capítulo II, los siguientes requisitos comunes:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, de sus obligaciones tributarias, tanto con la administración estatal como con la administración regional y frente a la Seguridad Social, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución.

b) No estar incursa la persona física, los administradores de las personas jurídicas o aquellos que ostenten la representación de aquellas, en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

c) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, siempre que estuvieran obligados a ello, y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

d) No estar incursos en ninguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

3. La acreditación del cumplimiento de los requisitos para ser persona beneficiaria, tanto los generales como los específicos de cada línea de subvención, se realizará mediante la cumplimentación y de conformidad con lo dispuesto en los diferentes modelos de solicitud recogidos en el presente decreto, en función del tipo de ayuda solicitada.

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

1.-Línea I: Las personas beneficiarias de esta línea de subvención deberán mantener el puesto de trabajo subvencionado por un período mínimo de treinta y seis meses y el número de contratos indefinidos existentes en los centros de trabajo que tuviera la entidad beneficiaria en nuestra Comunidad Autónoma en la fecha del contrato, por un período mínimo de doce meses.  En el supuesto de sucesión empresarial contemplado en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, la entidad beneficiaria o solicitante en su caso, deberá comunicar tal circunstancia a la Dirección General competente en materia de empleo, en un plazo no superior a 30 días, a contar desde la fecha de alta de la persona contratada en la persona o entidad cesionaria, pudiendo optar por:

a) Renunciar a la subvención concedida y, en su caso, reintegrar la ayuda percibida incrementada con los intereses de demora devengados o, en su caso, desistir de la solicitud presentada, si la persona o entidad cesionaria no reúne los requisitos para participar en estas subvenciones.

b) Acreditar la subrogación de la persona o entidad cesionaria en las obligaciones derivadas de la subvención. Para ello, deberá presentar el formulario de comunicación de la sucesión, que se adjunta como Anexo IV, al que acompañará la documentación que se indica en el mismo.

2.-Línea II: Son obligaciones específicas:

a) Mantener la actividad económica y el alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional que corresponda, durante al menos doce meses ininterrumpidos, a contar desde la fecha de dicha alta.

b) No simultanear la actividad empresarial con cualquier otra actividad por cuenta ajena por un período superior a sesenta días, dentro del tiempo de obligado mantenimiento indicado en el párrafo a).

3.- Línea III: Podrán solicitar la emisión del título “Pasaporte de vuelta” las personas jóvenes menores de 35 años que estén en posesión de titulación universitaria, ciclos formativos o certificados de profesionalidad, que residan o trabajen en el extranjero en el momento de la solicitud del título y reúnan alguno de los siguientes requisitos:

a) Haber nacido o haber estado empadronadas, antes de su salida al extranjero, en alguna localidad de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

b) Haber estado inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en alguna oficina de empleo de la región, antes de su salida al extranjero.

c) Haber obtenido su titulación en algún centro de formación oficial de Castilla-La Mancha.

SOLICITUDES

El plazo de solicitud es desde el 27 de septiembre de 2017 hasta el 15 de diciembre de 2015 (ambas fechas inclusive).

Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Dirección General competente en materia de empleo y se presentarán por los siguientes medios, en función de la línea para la que se solicite subvención:

a) Para las líneas 1 y 2, las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través de los formularios incluidos en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).

Todos los trámites relacionados con las solicitudes de ayudas reguladas en las líneas 1 y 2, se notificarán de forma electrónica, a través de la plataforma de notificaciones telemáticas de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Para ello, en el momento de la solicitud, el interesado deberá estar dado de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://notifica.jccm.es/notifica/)

b) Para la ayuda asociada al “Pasaporte de vuelta”, regulada en la línea 3, las solicitudes se podrán presentar por los siguientes medios:

1º. Preferentemente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).

2º. Mediante su presentación en cualquiera de los registros y por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Los modelos específicos que se establecen para la presentación de las solicitudes, en función del tipo de subvención solicitada, son los siguientes:

a) Para la línea 1, se presentará el Anexo I.A, al que se acompañará el Anexo II, debidamente cumplimentado.

b) Para la línea 2, se presentará el Anexo I.B.

c) Para la ayuda asociada al “Pasaporte de vuelta”, regulada en la línea 3, se presentará el Anexo I.D.

Puede solicitar su ayuda a través de los siguientes enlaces:

REGULACIÓN

Las subvenciones a otorgar se regirán, además de por lo establecido en el presente Decreto 64/2017, de 19 de septiembre, por los preceptos básicos contenidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como por la normativa sobre subvenciones contenida en el título tercero del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre y en el Reglamento de desarrollo del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, en materia de subvenciones, aprobado por Decreto 21/2008, de 5 de febrero.

Plazo:
27/09/2017 a 15/12/2017
Teléfonos:
925247319
Correo Electrónico:

 

 


FUENTES: