PREVÉ HORARIOS Y CUBRIR LOS GASTOS DEL EMPLEADO

Yolanda Díaz prepara una nueva ley para regular el teletrabajo en los negocios

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha sacado a consulta pública un proyecto para legislar el teletrabajo. El documento adelanta la intención del Gobierno de regular algunos aspectos como los horarios, tiempos de descanso y la compensación de los gastos que asuma el empleado al trabajar desde casa.

El Ministerio de Trabajo y Economía social quiere aprobar próximamente una norma para regular el teletrabajo y precisar las condiciones que deberán cumplir los negocios que tengan a empleados trabajando desde casa. A día de hoy, esta modalidad tan sólo está recogida en el artículo 13 del Estatuto de los trabajadores. Una norma que, para los expertos y el propio Gobierno deja todavía muchos frentes abiertos.

Dicho artículo regulaba una modalidad a la que, hasta hace tres meses, apenas estaban acogidos el 5% de los trabajadores españoles en activo. Ahora, algunos estudios apuntan que son más del 40% los empleados que trabajan desde casa. Ante esta nueva realidad, el Gobierno sacó a consulta pública hasta el 22 de junio un proyecto para legislar el teletrabajo.

Esta crisis ha impuesto el trabajo a distancia en muchos negocios que, hasta ahora, no se lo planteaban. Sin embargo, los beneficios de esta modalidad tanto para el empresario como para el trabajador ya estaban de sobra demostrados y muchos negocios se beneficiaban del teletrabajo mucho antes de la crisis.

Varios estudios llevan años demostrando que la productividad de los empleados incrementa con el trabajo desde casa mientras los gastos que debe soportar el empresario se reducen. Según datos del INE, los empleados que teletrabajan son entre un 5% y un 20% más productivos que los que no. Y algunos estudios como el recientemente publicado por el portal de empleo Jobatus aseguran que los pequeños negocios, de menos de 20 trabajadores, con oficinas en las que se debe respetar unos metros cuadrados por empleado y disponer de ciertas comodidades y espacios disponibles, podrían experimentar un ahorro de 48 mil euros anuales si apostaran por el trabajo a distancia.

Si bien esta cifra depende del número de trabajadores y de varios otros factores como la amplitud del centro de trabajo e incluso la zona en la que se desarrolla la actividad, lo que está claro es que el teletrabajo puede presentar grandes beneficios, tanto para el empresario como para el trabajador. Y ambos deberán adaptarse a la nueva regulación que es posible que entre en vigor en los próximos meses. El borrador trata de crear un marco de derechos que satisfagan y aseguren todas las condiciones de este nuevo perfil de empleado.

Igualdad de trato, tiempos de descanso y compensación de gastos

Por supuesto, estos derechos serán también una responsabilidad para el autónomo o empresario empleador que, entre otras cosas, deberá velar por el principio de «igualdad de trato» en las condiciones frente a los demás trabajadores y todo lo concerniente a la retribución y la compensación de los gastos que ocasione el empleado por su trabajo desde casa.

Esto significa que, previsiblemente, la nueva ley recogerá y especificará qué gastos serán responsabilidad del empleador, además de cómo y en qué condiciones deberá asumirlos. Voces expertas apuntan que, con casi total seguridad, será el negocio quién deba correr con algunos costes como el ordenador, la silla de trabajo y demás materiales necesarios para la actividad, y también con la parte proporcional del wifi destinado por el empleado a trabajar a distancia o la parte de suministros consumidos para el desarrollo de este teletrabajo. Sin embargo, todavía está por ver con qué mecanismos se regularan todas estas cuestiones que, a priori, parecen complicadas de controlar.

En todo caso, el Gobierno aclara en el borrador su intención de regular todo ello » incluida la compensación de gastos, la promoción y la formación profesional, el ejercicio de derechos colectivos y los tiempos máximos de trabajo«. También «los tiempos mínimos de descanso, la distribución flexible del tiempo de trabajo, así como los aspectos preventivos relacionados básicamente con la fatiga física y mental», según recoge el texto.

Además, es posible que se desarrollen ciertos mecanismos para asegurar la desconexión laboral que parece estar siendo un problema para algunos empleados que reconocen haber ampliado sus horas de trabajo desde que empezaron a teletrabajar. Según el último estudio realizado por la Unión de Técnicos y Cuadros de UGT (UTC-UGT), son uno de cada tres los que han aumentado su jornada laboral a causa del trabajo a distancia. 

Por otro lado, el Gobierno considera que todavía quedan muchos otros inconvenientes por tratar y que hay intención de regular a través de la futura ley, «como la protección de datos, brechas de seguridad, tecnoestrés, horario continuo, fatiga informática, conectividad digital permanente, mayor aislamiento laboral, pérdida de la identidad corporativa, deficiencias en el intercambio de información entre los trabajadores presenciales y los trabajadores a distancia y traslado a la persona trabajadora de costes de la actividad sin compensación alguna, entro otros».

Aunque también -reconoce el texto- el teletrabajo correctamente regulado trae ventajas para la empresa y para el empleado, como «mayor flexibilidad en la gestión de los tiempos de trabajo y los descansos; conciliación de la vida laboral personal y familiar, reducción de costes en las oficinas y ahorro de costes en los desplazamientos, productividad, racionalización de horarios; compromiso y experiencia del empleado, atracción y retención de talento, inserción laboral de personas con movilidad reducida y con responsabilidades familiares y reducción del absentismo».

Protección de datos, prevención de riesgos y salario en especie

Expertos, organizaciones y sindicatos están de acuerdo en la necesidad de regular una nueva realidad que se ha impuesto y que, para muchos, «se mantendrá después de la crisis sanitaria. Lo que habrá que ver es cómo nos adaptamos a ello y qué mecanismos legales se desarrollan para asegurar que tanto negocios como trabajadores cuenten con seguridad jurídica para cumplir con sus obligaciones» explicó Eva Pous Raventós, abogada laboralista especialista en teletrabajo y colegiada en el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona.

Según Pous, hay tres ejes fundamentales que deberá incluir la nueva normativa que pretende sacar adelante el Gobierno: «uno es, por supuesto, la aclaración de la compensación de gastos, es decir, qué gastos debe asumir el empresario, cuáles no y cómo debe hacerlo. Otro es la protección de datos, que se está haciendo cada vez más difícil de controlar al no estar los empleados en la oficina y contar, en muchas ocasiones, con equipos propios. Y, por último y muy importante, la prevención de riesgos. ¿Hasta dónde tiene responsabilidad el negocio a la hora de prevenir los riesgos derivados del trabajo que desarrolla su empleado desde casa y cómo deberá cumplir con la ley».

Se trata de una norma con decenas de aristas y que, al parecer, no incumbirá sólo al propio trabajo a distancia sino a muchos otros aspectos legislativos que habrá que actualizar y adaptar al nuevo marco. «Lo que parece claro es que el empresario va a tener que correr con los gastos que el empleado tenga desde su casa porque es él quien debe poner los medios de producción y esto no cambia aunque el empleo se desarrolle a distancia. Una posibilidad para incluir este tipo de costes sería el salario en especie» explicó la abogada laboralista.

Sin embargo, para la jurista y experta en esta modalidad, la asunción de gastos como el ordenador o la silla de trabajo es un tema importante pero no el que más debería preocupar al empleador. «Quizás es mucho más importante lo que vendrá con esta regulación en lo relativo a la prevención de riesgos laborales. Éste es un tema con el que hay que tener mucho cuidado porque está por ver de qué forma se articula la norma con la que se decidirá cómo se controlan los riesgos que asume el trabajador en su actividad, cómo se hace una inspección de la zona de trabajo y qué responsabilidades habrá por un posible accidente laboral en casa. Porque una casa no es una oficina. El empleado no está bajo el control del empresario y todo deviene mucho más difícil de prever y prevenir».

Por último, «y no menos importante, hay que contemplar la dificultad de controlar los datos cuando un empleado desarrolla su actividad desde casa y, muchas veces, desde su propio equipo. Por este motivo, aunque no fuera obligatorio, creo que sería muy recomendable que fuera la empresa quién costeara un ordenador equipado y debidamente protegido para evitar posibles fugas y problemas con los datos. Porque nadie nos asegura quién accede a la información de la empresa cuando las cuentas están en el ordenador del empleado y en su  propio domicilio» añadió Eva Pous Raventós.

Carácter voluntario y reversible del teletrabajo

Además de la compensación de gastos por parte del negocio, de la protección de datos y de la prevención de riesgos, hay un cuarto punto que recoge el texto del Ministerio de Trabajo y en el que incidió la abogada laboralista: el carácter voluntario y reversible del teletrabajo. «Trabajar a distancia, tal y como está dispuesto ahora mismo por norma y como creo que se va a articular debe fundamentarse siempre en el mutuo acuerdo entre empleado y empleador».

Esto significa que el posible ahorro de costes que trae no contar con una oficina, no se «puede traducir en una imposición al empleado para que teletrabaje. Previsiblemente, el nuevo marco incidirá en este carácter voluntario y siempre basado en el acuerdo que debe haber para el teletrabajo»:

Además, «creo que así debe ser en el día de a día de las empresas, y especialmente de las más pequeñas. Debe haber un acuerdo entre las partes y, casi seguro, lo habrá. También para otras cosas como la repartición de algunos días en la oficina y otros días en casa. El teletrabajo debe ser una modalidad flexible» concluyó la abogada.

Los economistas piden una regulación por sectores

Para algunas organizaciones, todos estos motivos deben ser regulados aunque quizás «no era el mejor momento. Habría que esperar a que pase el efecto de la pandemia y ver qué empresas y trabajadores siguen  apostando por el teletrabajo» explicó Javier Muñoz, Gerente del Consejo General de Economistas (CGE).

Desde la organización instan a esperar para regular de forma todavía más específica, para adaptar el teletrabajo a cada tipo de actividad y sus diferentes necesidades. «Seguramente habría que hacer una regulación por sectores. Por ejemplo, no puede ser igual la relación laboral de quien se dedica a atención telefónica por teletrabajo, con un horario muy concreto, que para quien se dedica a hacer informes de cualquier temática, que puede tener flexibilidad horaria» comentó Muñoz.

Los economistas consideran que el teletrabajo dentro de unos meses estará a niveles más bajos que ahora pero que, en todo caso, ha venido para quedarse. Entre otras cosas por las ventajas que aporta tanto a la empresa como al trabajador: «La experiencia nos indica que esta modalidad aumenta la productividad del empleado y permite la conciliación familiar de forma mucho más fácil. Además la empresa y el trabajador podrían tener grandes ahorros de costes. Si se implanta de forma generalizada, los negocios necesitarán menos espacio de oficina, menos gastos generales, y el empleado no gasta en transporte, gasta menos en alimentación, o ahorrará en tiempo de desplazamiento» dijo Muñoz.

Eso sin contar que, «a nivel general, podría redundar en una bajada de la contaminación, del ruido, de los atascos y  en una mejora de la calidad de vida en los trabajadores con la ganancia de tiempo«. En cuanto a las desventajas, «que también las hay, es posible que algunos empleados no sepan deslindar la parte privada de la parte laboral, y esto puede incidir en realizar muchas más horas o que el trabajador no sepa desconectar, como cuando el lugar de trabajo está lejos» añadió el Gerente de CGE.

Y, para la empresa existen riesgos importantes «de fuga de la información, es más difícil el control de los datos que en una red propia, y esto seguramente implique una inversión inicial en equipos adecuados para los trabajadores, como sillas confortables, mesas de trabajo, ordenadores, así como llevar la red a una nube y más seguridad informática» concluyeron desde el Consejo General de Economistas..

 


 

FUENTE:    Daniel Ghamlouche a través de @diarioAyE

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