Antes de crear una empresa, es necesario conocer el tipo societario que más se ajusta a las necesidades del emprendedor. Para ello, ofrecemos un entorno guiado para la elección de la forma jurídica que proporciona toda la información necesaria para la creación de la empresa.

Tipo de empresa Nº socios Capital Responsabilidad
Empresario Individual 1 No existe mínimo legal El socio se responsabiliza con todos sus bienes
Comunidad de Bienes Mínimo 2 No existe mínimo legal El socio se responsabiliza con todos sus bienes
Sociedad Civil Mínimo 2 No existe mínimo legal El socio se responsabiliza con todos sus bienes
Sociedad Colectiva Mínimo 2 No existe mínimo legal El socio se responsabiliza con todos sus bienes
Emprendedor de Responsabilidad Limitada 1 No existe mínimo legal Limitada al capital aportado en la sociedad
Sociedades Profesionales Mínimo 1 Según la forma social que adopte Limitada al capital aportado en la sociedad
Sociedad Limitada Nueva Empresa Mínimo 1 Máximo 5 Mínimo 3.012 Máximo 120.202 Limitada al capital aportado en la sociedad
Sociedad Anónima Mínimo 1 Mínimo 60.000 euros Limitada al capital aportado en la sociedad
Sociedad Limitada de Formación Sucesiva Mínimo 1 No existe mínimo legal Limitada al capital aportado en la sociedad
Sociedad Comanditaria Simple Mínimo 2 No existe mínimo legal El socio se responsabiliza con todos sus bienes
Sociedad Comanditaria por acciones Mínimo 2 Mínimo 60.000 euros El socio se responsabiliza con todos sus bienes
Sociedad Cooperativa Cooperativas 1er grado: Mínimo 3 – Cooperativas 2º grado: 2 cooperativas No existe mínimo legal (en algunas CCAA sí existe) Limitada al capital aportado en la sociedad
Sociedad Anónima Laboral Mínimo 3 Mínimo 60.000 euros Limitada al capital aportado en la sociedad
Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral Mínimo 3 Mínimo 3.000 euros Limitada al capital aportado en la sociedad
Sociedad de Garantía Recíproca Mínimo 150 socios participes Mínimo 10.000.000 euros Limitada al capital aportado en la sociedad
Entidades de Capital-Riesgo Al menos 3 miembros en el Consejo Administración Sociedades de Capital Riesgo: Mínimo 1.200.000 €. Fondos de Capital Riesgo: Mínimo 1.650.000 € Limitada al capital aportado en la sociedad
Agrupación de Interés Económico Mínimo 2 No existe mínimo legal El socio se responsabiliza con todos sus bienes
Sociedad de Responsabilidad Limitada Mínimo 1 Mínimo 3.000 euros Limitada al capital aportado en la sociedad

 

FUENTE: http://www.ipyme.org/