A pesar de que muchos autónomos se empeñen, no todos los gastos relacionados con la actividad se pueden deducir. Depende de muchos factores y, en muchas ocasiones se corre el riesgo de sanción por parte del Fisco. El teléfono móvil, los gastos derivados del vehículo o la compra de ropa, son algunos de estos gastos de muy difícil justificación.
Autónomos y Emprendedores

En plena pre-campaña de la declaración de la renta muchos autónomos se preguntan qué gastos son los que pueden desgravarse, y qué deducciones pueden traerles problemas con el Fisco. En cuestiones de deducción no todo es blanco o negro. Aunque pude haber diferencias de criterio, hay algunos que son de muy difícil justificación y que no van a pasar el filtro de Hacienda. Como regla general, todos aquellos autónomos que quieran deducirse algún gasto deben saber que, en cualquier caso, el desembolso debe estar directamente relacionado con su actividad.

Así lo aclara el artículo 95 de la Ley del IVA en su punto uno: “los empresarios o profesionales no podrán deducir las cuotas soportadas o satisfechas por las adquisiciones o importaciones de bienes o servicios que no afecten, directa y exclusivamente, a su actividad empresarial o profesión”. El problema viene a la hora de discernir lo que de verdad está directa y exclusivamente relacionado con la actividad del autónomo y lo que se puede justificar como tal, donde radica todo el problema.

Muchos expertos se refieren a esta comprobación como “la prueba diabólica” por la dificultad que implica demostrar a la Agencia Tributaria la correlación entre gasto y actividad. Y es que, no hay una prueba que, por sí sola, pueda asegurarle al autónomo que la deducción no acabe con una sanción de Hacienda que puede ascender hasta el 50% del importe deducido, más la devolución de lo desgravado.

Lo cierto es que muy pocos gastos pueden ser deducidos con riesgo cero. Y aquí entra en juego la segunda regla general: todo gasto que no pueda justificarse al 100% que se ha hecho en relación a la actividad del autónomo más vale no presentarlo a Hacienda. Y es que, en muchos casos, el autónomo no tiene prácticamente ninguna probabilidad de aportar pruebas válidas al Fisco. “No existen deducciones imposibles pero sí hay algunas de difícil justificación. Éstas son nada más y nada menos que las que no cumplen el principio de correlación del gasto con la actividad, por su naturaleza o por su forma, Hacienda no suele admitir las pruebas como válidas.” Explicó Teresa Bernabé, abogada del despacho Ático Jurídico.

Desde este despacho de abogados, con cientos de casos a sus espaldas de autónomos que han intentado deducirse todo tipo de gastos, admitieron que igual que no hay deducciones imposibles, si las hay de muy difícil justificación. Es el caso de los gastos derivados del vehículo o de la compra del propio vehículo; los gastos de restauración; teléfonos móviles; tickets o gastos cuya deducción se niega por defectos formales.
Gastos difícilmente justificables

Gastos relacionados con el vehículo

Los gastos derivados del vehículo suelen ser de muy difícil justificación. Normalmente, la propia naturaleza del gasto impide la prueba. Es el caso del combustible, las reparaciones del vehículo, los peajes o los parkings. “Hacienda suele cuestionar este tipo de compras, es casi imposible probar que el combustible del vehículo se ha utilizado única y exclusivamente para el desarrollo de la actividad. Lo mismo sucede con las reparaciones, no existen pruebas irrefutables de que estos gastos hayan sido imprescindibles para el desarrollo de la actividad” explicó Teresa Bernabé.

Gastos de restauración:

La deducción de gastos de representación es, en casi todos los casos, una batalla perdida para el autónomo. “Para justificar los gastos de una comida en la que el autónomo invita a sus clientes habría que demostrar que este gasto en el restaurante tiene una finalidad única y exclusivamente comercial. ¿Cómo aportar pruebas que justifiquen tales circunstancias?

Hacienda no contempla la factura que emite el restaurante como prueba -suficiente” comentó la abogada de Ático Jurídico. Y es que, demostrar, con pruebas suficientemente sólidas, la finalidad de una comida resulta tan complicado que podría considerarse un gasto casi imposible de deducir sin riesgo de sanción.

Con una salvedad, los autónomos pueden deducirse los gastos considerados de manutención, que guardan ciertas diferencias con los de representación. Y es que, en este caso, se trata de dietas y asignaciones para gastos normales de manutención del trabajador por cuenta propia. En este supuesto si cabe la deducción, siempre y cuando se realice en establecimientos de restauración y hostelería y se abone el gasto «utilizando cualquier medio electrónico de pago, con los límites cuantitativos establecidos reglamentariamente» para estas dietas.

El teléfono móvil

Lo mismo sucede con el teléfono móvil. Un autónomo tiene realmente difícil justificar que utiliza el teléfono móvil tan sólo para su actividad. “En muchos casos, para justificar la deducción de este gasto Hacienda pedía pruebas como que las llamadas fueran derivadas de la actividad, es decir, con clientes o que se hubieran producido tan solo en días hábiles. Se trata de una prueba inviable. ¿Cómo justificar que todas las llamadas han sido a clientes? ¿Qué hay de las llamadas que se producen por cualquier circunstancia fuera de días laborables?” apuntó la abogada. Una vez más, el autónomo se encuentra ante la denominada prueba diabólica, por la dificultad que tiene aportar estas justificaciones.

Tickets :

Los tickets de cualquier servicio como el transporte público, han sido rechazados por Hacienda en todos los casos llevados por este despacho de abogados. Al no aparecer la identidad del destinatario de los servicios u otros requisitos de facturación, no se contempla como gasto deducible para el autónomo, sea cual sea el servicio o bien que haya consumido.

Defectos formales en las facturas

Los defectos formales en una factura suelen traer problemas a la hora de deducirse un gasto a los autónomos. Así lo apuntó Teresa Bernabé quien explicó, además, la gran cantidad de trabajadores por cuenta propia que han tenido problemas a la hora de deducirse algún gasto por este tipo de defectos. Que no aparezca el tipo impositivo en la factura o que esté mal calculado; que no aparezcan todos los datos del destinatario o que no aparezca el número de factura son tan sólo algunos de los defectos formales más habituales por los que un autónomo tener dificultades a la hora de deducir un gasto fruto de su actividad.

Ropa de trabajo

Además de estos gastos, Domingo Gallego, asesor jurídico de ATA incluyó también otros de difícil justificación. La ropa de trabajo, según el asesor, se considera de uso particular a pesar de que el autónomo pueda necesitar un traje o cualquier otra prenda para desarrollar su actividad. “A no ser que la compra se realice en una tienda especializada en ropa de trabajo, se trataría de un gasto de muy difícil justificación».

Gastos imposibles de deducir

Las ocurrencias de algunos autónomos han llevado a muchos asesores a verse en la tesitura de intentar justificar gastos que en ningún caso pueden ser deducibles. Joyas, tabaco, donativos, recibos de bares -que nada tienen que ver con los gastos deducibles por manutención- son tan solo algunos de los ejemplos que engrosan la larga lista de gastos que de ninguna forma pueden desgravarse. En realidad, tal y como apuntó el asesor jurídico de ATA «es una cuestión de sentido común», no todo lo que un autónomo compra en el ejercicio de su actividad está vinculado a ella.

Tampoco todo lo que está vinculado a la profesión del autónomo es deducible. Desde Ático Jurídico recordaron que, en la mayoría de los casos, la posibilidad o no de desgravarse un gasto depende en gran medida de las circunstancias. La actividad a la que se dedica el autónomo y la razón por la que se ha desgravado un gasto influyen sobremanera en el desenlace de la deducción.

Y es que, aventurarse a desgravar ciertos gastos puede traer consecuencias no deseadas. “Ante una deducción que Hacienda considere inapropiada, el Fisco hará una liquidación incluyendo estos gastos además de una sanción” apuntaron desde Ático Jurídico. A pesar de ello, los expertos recomienda acudir a Tribunales «ya que, de esta forma, las posibilidades de éxito aumentan considerablemente para el autónomo» concluyó Bernabé.

 


fuente: vía @diarioAyE

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