Gastos que los autónomos se pueden desgravar por trabajar desde casa desgravar autónomos
El año pasado una resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) hizo calmar el miedo del autónomo que trabaja en casa a que le hicieran una paralela por desgravarse suministros como la luz y el agua. La medida, a pesar de que incide de manera directa sobre la economía de este colectivo, todavía no es suficientemente conocida. Te contamos cómo cambió la situación y qué te puedes desgravar ahora si tu lugar de trabajo es tu casa.
Qué cambió la resolución
Tanto antes como ahora, lo que te puedes desgravar se calcula en función de los metros de vivienda que utilizas para desarrollar tu actividad. Para la Agencia Tributaria esta operación se podía calcular de una forma sencilla sobre gastos como el IRPF o los derivados de la titularidad de la vivienda; sin embargo, la luz, el agua o el gas son pagos muy variables y dependen también del uso doméstico que de ellos se haga. Como no había lo que este organismo denominaba una “regla racional” para hacer un cálculo preciso, simplemente no admitían que se desgravaran este tipo de suministros.
Dos hechos influyeron en que cambiaran las cosas: una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que rechazó la postura de la Agencia, y una resolución el Tribunal-Económico Administrativo Regional de la Comunidad Valenciana, que estableció que se podía seguir la misma regla de prorrateo que con los otros gastos. La Agencia Tributaria decidió entonces llevar el caso al TEAC para que se dictara un recurso de unificación.
El TEAC seguía viendo complejo el cálculo de estos suministros, pero, en lugar proponer una vía fácil para la Administración e injusta con el autónomo, como es rechazar que se desgraven, propuso que se tuviera en cuenta estos gastos. Ahora bien, el cálculo sigue siendo complicado.
Qué gastos te puedes desgravar si trabajas desde casa
Recuerda que no podrás desgravarte el importe completo de los suministros, sino solo una parte. Por otro lado, los gastos tienen que estar vinculados a tu actividad. Guarda todos los recibos porque puede que tengas que presentarlos y no te olvides de registrarlos en tu contabilidad.
En el caso del IRPF o los gastos derivados de la titularidad de la vivienda, como el IBI, la tasa de basuras o la cuota de la comunidad de propietarios, la cuantía se fija en relación con los metros cuadrados de casa que empleas para llevar a cabo tu actividad.
Para proceder al cálculo de los suministros complejos, que son los de suministros del inmueble, como el agua, la luz y el gas, se admite, según la resolución, lo siguiente: “podría […] servir un criterio combinado de metros cuadrados con los días laborables de la actividad y las horas en que se ejerce dicha actividad en el inmueble”. No es fácil de calcular, pues un autónomo no suele tener un horario regular, trabaja también muchas veces durante el fin de semana y tiene meses en los que hace muchas horas más que otros.
Esta resolución ha mejorado la situación, pero continúa siendo difícil de aplicar. Es una de las razones por las que quizá, un año después de su publicación, todavía no haya tenido demasiada difusión entre el colectivo de autónomos.
AUTORA: ESTER YERRO
FUENTE: BLOG INFOEMPLEO @infoempleo
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