Infografía Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente

El art.1.1 de la LETA define a los trabajadores autónomos económicamente dependientes como aquellos que realizan una actividad económica o profesional a título lucrativo y de forma habitual, personal, directa y predominante para una persona física o jurídica, denominada cliente, del que dependen económicamente por percibir de él, al menos, el 75% de sus ingresos por rendimientos de trabajo y de actividades económicas o profesionales.

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La figura del autónomo dependiente está recogida en la legislación laboral y ésta le otorga una serie de derechos, que si bien no se equiparan a los de los trabajadores por cuenta ajena sí les distinguen de los autónomos “normales”.

El autónomo dependiente es aquel, que aun trabajando por cuenta propia, el 75% o más de sus ingresos proceden de un mismo cliente y es esa dependencia económica la que determina este status.

Naturaleza mercantil de la relación

En estos casos hablamos siempre de una relación mercantil y no laboral. Esto supone que el autónono dependiente realiza la actividad con sus medios y bajo unos criterios y organización propios. Los términos de la relación deben establecerse en un contrato mercantil que debe ser registrado en el Servicio Público de Empleo. El contrato podrá ser de duración determinada o bien indefinido.

El autónomo dependiente no puede, por tanto, integrarse en la organización ni en el sistema de trabajo de la empresa, ya que eso llevaría a una relación laboral y a un contrato de trabajo. Tampoco puede tener trabajadores a su cargo ni subcontratar a terceros parte de las tareas para las que ha sido contratado.

Derechos del autónomo dependiente

Sin embargo, cuando se da la circunstancia que determina que el autónomo es económicamente dependiente, ésta le otorga una serie de derechos que la empresa principal (de la que depende) ha de respetar.

En primer lugar tendrá derecho a interrumpir su actividad durante un mínimo de dieciocho días hábiles al año, este periodo se asimilaría a las vacaciones de los empleados.

También tendrá derecho a una indemnización por la rescisión de su contrato. Esta debe fijarse en el contrato, en caso de no hacerlo esta cuestión se resolverá por vía judicial en función del perjuicio ocasionado, antigüedad del contrato, tiempo de preaviso, etc.

 

AUTORA: CARMEN BUJAN @rbasesoria

FUENTES: FRANCIS LEFEBVRE Y ANFIX

http://anfix.tv/que-es-un-autonomo-dependiente/